Maipú S.A. CUIT: 30-70799533-1. Oferta válida para vehículos facturados y patentados hasta el día 30/07/2025 inclusive. Financiación sujeta a condiciones previas de contratación, aprobación y otorgamiento según entidad crediticia. Financia G-PAT. Los precios publicados no incluyen gastos de flete, formulario ni patentamiento. Entrega sujeta a stock disponible. Fotos y colores no contractuales.

Financiación a modo de ejemplo:

Chevrolet Argentina - Logo GPAT

Cartera de Consumo. Financiación para solicitudes de crédito recibidas por GPAT en Argentina (excepto en Tierra del Fuego) desde el 01/07/2025 hasta el 31/07/2025, ambas fechas incluidas, para Chevrolet Onix en todas sus versiones, 0km. Origen: Argentina. Plazo: 18 meses.  Cuotas mensuales, consecutivas y en pesos. Máximo a financiar: $16.000.000.- respecto del precio sugerido publicado por General Motors en www.chevrolet.com.ar. Para financiaciones a 18 meses aplicará: Tasa Nominal Anual FIJA 0,00%; Tasa Efectiva Anual 0,00%. Costo Financiero Total Efectivo Anual (C.F.T.E.A.) con IVA: 7,74%, sin IVA: 7,74%. El C.F.T.E.A. informado incluye el costo del seguro automotor tomando como referencia un Chevrolet Onix 1.0 AT Premier 0km con cobertura MAPFRE Activa- Terceros Completo Plan “A”, en la ciudad de Corrientes, capital. El C.F.T.E.A. podrá variar dependiendo del vehículo seleccionado. El monto de las cuotas y el precio total financiado dependerán del anticipo abonado por el cliente y del vehículo seleccionado. A modo de referencia se indican valores para Chevrolet Onix 1.0 AT Premier 0km, precio sugerido al público contado $ 31.478.900.- precio total financiado $32.443.122,56 monto de las cuotas tomando como referencia $ 16.000.000.- como monto a financiar y anticipo de $15.478.900.-: $ 942.456,81. El precio sugerido no incluye gastos administrativos, flete, patentamiento ni otros opcionales. El otorgamiento del crédito se encuentra sujeto a aprobación crediticia y condiciones de contratación de GPAT Compañía Financiera S.A.U. (CUIT 30-67856482-2), Av. de mayo 701, Piso 18°, CABA, Sociedad Anónima Unipersonal según ley argentina. Conforme lo dispuesto por la Resolución SSN N°24/2023 y su modificatoria, el asegurado tiene el derecho de elegir libremente, durante toda la vigencia del préstamo prendario, el intermediario de seguros para que lo asesore en el proceso de suscripción o bien optar por una contratación directa.

Plazo: 30 meses.  Cuotas mensuales, consecutivas y en pesos. Máximo a financiar: $18.000.000.- respecto del precio sugerido publicado por General Motors en www.chevrolet.com.ar. Para financiaciones a 30 meses aplicará: Tasa Nominal Anual FIJA 19,90%; Tasa Efectiva Anual 21,82%. Costo Financiero Total Efectivo Anual (C.F.T.E.A.) con IVA: 33,89%, sin IVA: 28,70%. El C.F.T.E.A. informado incluye el costo del seguro automotor tomando como referencia un Chevrolet Onix 1.0 AT Premier 0km con cobertura MAPFRE Activa- Terceros Completo Plan “A”, en la ciudad de Corrientes, capital. El C.F.T.E.A. podrá variar dependiendo del vehículo seleccionado. El monto de las cuotas y el precio total financiado dependerán del anticipo abonado por el cliente y del vehículo seleccionado. A modo de referencia se indican valores para Chevrolet Onix 1.0 AT Premier 0km, precio sugerido al público contado $ 31.478.900.- precio total financiado $39.038.897,01 monto de las cuotas tomando como referencia $ 18.000.000.- como monto a financiar y anticipo de $13.478.900.-: $ 879.387,59. El precio sugerido no incluye gastos administrativos, flete, patentamiento ni otros opcionales. El otorgamiento del crédito se encuentra sujeto a aprobación crediticia y condiciones de contratación de GPAT Compañía Financiera S.A.U. (CUIT 30-67856482-2), Av. de mayo 701, Piso 18°, CABA, Sociedad Anónima Unipersonal según ley argentina. Conforme lo dispuesto por la Resolución SSN N°24/2023 y su modificatoria, el asegurado tiene el derecho de elegir libremente, durante toda la vigencia del préstamo prendario, el intermediario de seguros para que lo asesore en el proceso de suscripción o bien optar por una contratación directa. El accionista limita su responsabilidad a la integración de las acciones suscriptas, de acuerdo con la ley 19.550, por lo que no responde en exceso de la citada integración accionaria (Ley 25.738).  Para más información consulte en: www.gpat.com.ar y www.chevrolet.com.ar.